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Prostitución en California – Código Penal de California PC 647b | Law Office of Raoul J Severo

On Behalf of | Feb 9, 2021 | Español

El Código Penal de California 647 (b) ilegaliza la prostitución en el estado de California. Como define el PC, la prostitución es el proceso de ofrecer tener relaciones sexuales o participar en un comportamiento licencioso con alguien ofreciendo dinero, drogas y otros bienes a cambio. Si se les declara culpables, tanto los acompañantes como los clientes pueden enfrentar 6 meses de cárcel y pagar una multa de aproximadamente $ 1,000.

Hay dos conclusiones principales en el  PC 647b. Primero, la solicitud de relaciones sexuales debe ser establecida directa y claramente por al menos una de las partes. La invitación a participar en una actividad sexual impura y / o la aceptación de la misma debe ser deliberada. Por ejemplo, una persona que intercambia dinero en efectivo por realizar actos lascivos se considera punible en virtud de este código penal. Asimismo, esta ley también cubre una interacción online iniciada específicamente para discutir la oportunidad de tener sexo para obtener dinero. No es necesario que se realice por escrito pero el acuerdo por sí solo puede ser aplicado contra ambas partes. También vale la pena señalar que no se requiere el acuerdo entre ambas partes. Una mujer puede decir que no al intento de un hombre de solicitar sexo oral, pero eso no significa que la ley sea inaplicable al hombre. Mientras tanto, si una persona se comporta de manera seductora pero no solicita abiertamente el sexo a otra persona, es muy probable que no haya una intención maliciosa detrás de la acción. Por ejemplo, un hombre que le sonrió a una mujer mientras se encontraba en un lugar sospechoso y adecuado para ejercer la prostitución puede haber tratado de ser amigable. Mientras exista la intención de participar, solicitar o incluso aceptar participar en la prostitución, cualquier individuo será castigado bajo esta ley. 

En segundo lugar, cualquier comportamiento dirigido a complacer sexualmente a otra persona se considera un acto lascivo. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la lascivia no siempre implica prostitución. Si dos personas planearon tener relaciones sexuales pero no intercambiaron ningún tipo de pago por el acto sexual, eso no se considera prostitución. Mientras tanto, si una mujer permite que un hombre le toque los genitales (incluso sin penetración) por dinero, eso entra en la categoría de prostitución. 

Hay otros códigos penales que cubren la legalidad de la escolta en California, que son los siguientes:

  • Código Penal de California PC 266 (a): Secuestro con fines de prostitución
  • Código Penal de California PC 266 (e): Adquisición de prostitutas
  • Código Penal de California PC 266 (f) : Venta de prostitutas

Otros códigos penales similares, como el Código Penal de California 266 (h) y el Código Penal de California 266 (i), involucran proxenetismo y proxenetismo. Estos códigos penales están relacionados pero no incluidos en el PC 647b. El PC define estos términos como individuos que obtienen ganancias de la prostitución y supervisan la prostitución, respectivamente. 

Castigos por escolta o prostitución en California

Hay diversos grados de culpa en este código penal. Factores como la frecuencia del delito y la edad de la presunta prostituta afectarán la intensidad del castigo. Los siguientes son los posibles castigos que enfrentarán tanto las prostitutas como los clientes (coloquialmente denominados “johns”): 

  • Los primeros infractores cumplirán 6 meses de cárcel como máximo y pagarán hasta $ 1,000 en multas. Esto excluye otras evaluaciones y cargos. 
  • La segunda vez impondrá una sentencia mínima de 45 días en la cárcel del condado.
  • La tercera ofensa servirá al menos 90 días en la cárcel. 
  • La policía también puede confiscar el vehículo del acusado en circunstancias especiales. El ejemplo más común de esto es cuando el acto ocurrió dentro del vehículo del acusado que estaba a menos de mil pies de una residencia. Además, el juez también puede suspender la licencia de conducir por un período máximo de treinta días o restringir la licencia por medio año.

Defensas legales 

Violar el Código Penal de California 647 (b) es un delito menor. Si alguien es acusado de violar dicho PC, en última instancia puede afectar su calidad de vida. Por ejemplo, una acusación de prostitución puede causar complicaciones en el matrimonio o problemas laborales. Por lo tanto, es de suma importancia conseguir un abogado de defensa criminal para ayudar a ganar este caso a su favor. Un abogado defensor competente de California mencionará las quienes posibles defensas: 

  • El uso de policías “señuelos” para atraer a civiles inocentes a cometer delitos que normalmente no cometerían;
  • Falta de evidencia concreta; y
  • error de hecho

Cada acusación de prostitución tiene sus propias complejidades. Por lo tanto, es mejor buscar ayuda profesional de uno de nuestros muchos abogados de defensa criminal con licencia y experiencia en la odicna legal de Raoul Severo en California.